FUNCIONES DE LOS TRABAJADORES SOCIALES PENITENCIARIOS
Llegados a este punto en mi blog me parece conveniente refrescarlo y considero que una buena forma para ello es mencionar las diferentes competencias que desempeñan los trabajadores sociales en los Centros Penitenciarios para que todos los lectores os hagáis una idea de la complejidad que encierra nuestra labor profesional en una prisión.
Para ello cabe aclarar que las demandas que recibimos los trabajadores sociales penitenciarios proceden de dos fuentes muy específicas: los internos, desde el interior del Centro Penitenciario, y sus familiares, desde el exterior de los mismos.
Entre las solicitudes de los reclusos se encuentra las relacionadas con:
a) Hacer llegar a los reclusos datos que le afectan en relación a su día a día penitenciario( situación social, penitenciaria, familiar, laboral, económica)
b) Tramitación y gestión( diversas pensiones, reconocimientos de grados de minusvalías, temas bancarios, seguimiento de documentación personal como pasaportes, DNI, o asuntos concretos tales como solicitudes para votar en las elecciones autonómicas, nacionales o de cualquier tipo).
c) Comunicar, recomendar, gestionar y/o derivar sobre gestiones oficiales relacionadas con Administraciones Públicas( Consulados, Embajadas, Hospitales, Seguridad Social, Servicios Autonómicos de Empleo, por ejemplo) o con el sector privado( asociaciones, entidades, casas de acogida, entre otras).
d) Asesoramiento, peticiones y quejas respecto a los acuerdos de la Junta de Tratamiento( permisos de salida ya sean ordinarios o extraordinarios, revisiones de grado, clasificaciones iniciales, por ejemplo)
e) Todo lo que tenga que ver con ayudas asistenciales a internos, liberados y familiares de ambos( como las funerarias, de transportes o gastos de documentación).
Al explicar las funciones de los trabajadores sociales penitenciarios sería insuficiente no hacer mención al hecho de que las demandas referidas suelen ser percibidas como " urgentes" por parte de quienes la presentan( internos o familiares).
No debemos olvidar que, en un Centro Penitenciario tipo, un trabajador social puede recibir diariamente más de una de estas solicitudes y que no siempre pueden ser resueltas por diversos motivos ajenos a dicho profesional( por ejemplo, porque no fructifique su contacto telefónico con la asociación o la entidad pública implicada en la demanda en cuestión).
Estas funciones aparecen referidas en el Reglamento Penitenciario( artículo 227 con el epígrafe" De la acción social penitenciaria").
Para la semana siguiente expondré las funciones de los trabajadores sociales penitenciarios procedentes de los familiares de los reclusos.
Para ello cabe aclarar que las demandas que recibimos los trabajadores sociales penitenciarios proceden de dos fuentes muy específicas: los internos, desde el interior del Centro Penitenciario, y sus familiares, desde el exterior de los mismos.
Entre las solicitudes de los reclusos se encuentra las relacionadas con:
a) Hacer llegar a los reclusos datos que le afectan en relación a su día a día penitenciario( situación social, penitenciaria, familiar, laboral, económica)
b) Tramitación y gestión( diversas pensiones, reconocimientos de grados de minusvalías, temas bancarios, seguimiento de documentación personal como pasaportes, DNI, o asuntos concretos tales como solicitudes para votar en las elecciones autonómicas, nacionales o de cualquier tipo).
c) Comunicar, recomendar, gestionar y/o derivar sobre gestiones oficiales relacionadas con Administraciones Públicas( Consulados, Embajadas, Hospitales, Seguridad Social, Servicios Autonómicos de Empleo, por ejemplo) o con el sector privado( asociaciones, entidades, casas de acogida, entre otras).
d) Asesoramiento, peticiones y quejas respecto a los acuerdos de la Junta de Tratamiento( permisos de salida ya sean ordinarios o extraordinarios, revisiones de grado, clasificaciones iniciales, por ejemplo)
e) Todo lo que tenga que ver con ayudas asistenciales a internos, liberados y familiares de ambos( como las funerarias, de transportes o gastos de documentación).
Al explicar las funciones de los trabajadores sociales penitenciarios sería insuficiente no hacer mención al hecho de que las demandas referidas suelen ser percibidas como " urgentes" por parte de quienes la presentan( internos o familiares).
No debemos olvidar que, en un Centro Penitenciario tipo, un trabajador social puede recibir diariamente más de una de estas solicitudes y que no siempre pueden ser resueltas por diversos motivos ajenos a dicho profesional( por ejemplo, porque no fructifique su contacto telefónico con la asociación o la entidad pública implicada en la demanda en cuestión).
Estas funciones aparecen referidas en el Reglamento Penitenciario( artículo 227 con el epígrafe" De la acción social penitenciaria").
Para la semana siguiente expondré las funciones de los trabajadores sociales penitenciarios procedentes de los familiares de los reclusos.

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