LA CLASIFICACIÓN EN GRADOS DE TRATAMIENTO
Regresamos con el blog de trabajo social penitenciario en España; la observación fue la materia abordada en la última publicación y, para que sirva de una continuación en el abordaje del tratamiento en prisiones, hoy me parece interesante tratar la clasificación en grados de tratamiento. Estos se aplicarán a internos penados quienes, tras la separación interior, serán evaluados para concretar el grado de tratamiento correspondiente. El Artículo 72 de la Ley Orgánica General Penitenciaria 1/1979, de 26 de Septiembre alude que las penas privativas de libertad serán ejecutadas a partir de un sistema de individualización científica en grados. A modo introductorio, se puede afirmar que el primer grado corresponde a un régimen con medidas de control y seguridad más rígidas( régimen cerrado), el segundo grado con el ordinario , el tercero con el abierto y, aparte, hay un cuarto grado vinculado a la libertad condicional. Ésta última, según señala la Ley Orgánica 1/ 2015, de 30 de Marzo, ...